GRADO (7) SEPTIMO AREA DE CÁTEDRA DE LA PAZ
TEMA CONCILIADORES ESCOLARES FAVOR ESTUDIAR PARA TU EXAMEN Conciliadores escolares La conciliación se fundamenta legalmente en el Artículo 166 de la Constitución Política, Decreto 800/91, Decreto 2651/91, Ley 23/91. El conciliador escolar es una instancia para resolver los conflictos mediante la concertación y mediación, contribuyendo a fomentar la autonomía y la convivencia, a través de un ambiente escolar democrático. El Equipo Escolar, es un espacio para la democracia y el liderazgo juvenil, generará la participación activa de las diferentes instancias, para buscar el bien común. Haciendo realidad la democracia escolar. Funciones Recibir capacitación en mediación y negociación de conflictos. Escuchar atentamente las partes en conflicto. Llegar a acuerdos que favorezcan las partes y registrar por escrito. Acompañar las partes en conflicto mediante el seguimiento y evaluación. Remitir a otra instancia escolar en caso de no llegar a acuerdos.
Qué es la paz es la ausencia de violencia entre los seres humanos también es un estado de equilibrio y estabilidad
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